Investigación sobre el estado de la técnica o arte previo para asegurarnos de que la invención de nuestros clientes es novedosa y no ha sido registrada o publicada de forma oral o escrita en México o en algún otro país. Lo anterior permite que la invención pueda ser protegida o que se evite una infracción en caso de estar registrada en el país donde se comercialice la misma.
El examinador evalúa si dentro del estado de la técnica existen antecedentes que afecten la novedad o la actividad inventiva de las invenciones, concediéndose al particular hasta cuatro meses para contestar los requisitos de fondo y pudiéndose repetir estos oficios hasta en tres ocasiones.
Presentación de la solicitud de patente ante el IMPI, el cual otorga un número de expediente para referencia interna del trámite.
En caso de que los oficios emitidos sean superados por el interesado, el Instituto concederá la patente en su favor con una vigencia de 20 años contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud.
Un examinador evalúa que la solicitud cumpla con los requisitos formales establecidos en la Ley de la Propiedad Industrial. En caso de existir un requisito por cumplimentar, el IMPI lo hará saber por escrito otorgando un primer plazo de hasta cuatro meses para dar contestación.
Concedida la patente, para mantenerla vigente, se requiere del pago de anualidades por quinquenio que son derechos oficiales pagados a favor del Estado. En caso de una negativa de patente, lo asesoramos para una nueva solicitud con más posibilidades de concesión.
Es una publicación realizada por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial que, a través de su Gaceta, informa a cualquier persona que quiera realizar una oposición sobre dicha solicitud de protección.